La donación puede implicar más costes ocultos
Muchos padres se plantean donar una vivienda a sus hijos en vida, ya sea para facilitarles la situación o por la creencia de que así se ahorrarán impuestos. Sin embargo, la decisión entre donar ahora o dejar en herencia después no es simple. Según el abogado especializado en herencias David Jiménez, es imprescindible analizar los impuestos implicados en ambas operaciones.
Existen tres niveles fiscales que pueden influir significativamente: la plusvalía municipal (local), el impuesto de sucesiones y donaciones (autonómico), y el IRPF (estatal). La carga fiscal puede variar mucho dependiendo de cuál se aplique y en qué circunstancias.
Impuestos locales y autonómicos: aparente igualdad
El primer tributo a considerar es la plusvalía municipal, que aplica tanto en herencias como en donaciones. Se abona al ayuntamiento correspondiente y grava el incremento de valor del terreno urbano. Este impuesto está presente en cualquier caso, ya sea “mortis causa” (herencia) o “inter vivos” (donación).
Después entra en juego el impuesto de sucesiones y donaciones, competencia de las comunidades autónomas. La cuantía varía según el grado de parentesco y el lugar de residencia. Tanto herederos como donatarios deben pagarlo, aunque existen bonificaciones. Por ejemplo, los hijos suelen tener reducciones importantes tanto si heredan como si reciben una donación.
Hasta aquí, las cargas fiscales son similares, lo que puede generar la falsa sensación de que donar o heredar tiene un coste equivalente. Pero el mayor impacto puede venir desde el nivel estatal.
El IRPF marca la diferencia en la decisión
El IRPF es el gran diferenciador entre una herencia y una donación. Jiménez aclara que cuando se recibe una vivienda por herencia, no se tributa por ella en la declaración de la renta. Es decir, no se genera una ganancia patrimonial que deba declararse. Sólo si posteriormente el heredero vende el inmueble, deberá tributar por la plusvalía en su IRPF.
En cambio, en una donación, el donante sí tiene que tributar en su declaración como si hubiese vendido la vivienda, aunque no haya recibido dinero a cambio. Para Hacienda, la operación se considera una venta ficticia, y el donante deberá tributar por la ganancia patrimonial generada.
Esto puede suponer un golpe fiscal inesperado. Si el inmueble ha incrementado mucho su valor desde su adquisición, la ganancia a efectos del IRPF será elevada, lo que podría anular cualquier ventaja que pudiera haberse ganado con bonificaciones en otros impuestos.
Conclusión: análisis caso por caso
Ante esta realidad, el experto recomienda analizar detenidamente el impacto del IRPF antes de tomar una decisión. Aunque donar puede parecer ventajoso en términos de anticiparse a la herencia o facilitar la gestión, los costes fiscales asociados pueden ser muy superiores si no se consideran todos los factores.
En resumen, donar una vivienda en vida no siempre implica pagar menos impuestos. Al contrario, en muchos casos, esperar a la herencia puede resultar más conveniente desde el punto de vista fiscal. Consultar a un especialista en la materia es clave para tomar una decisión informada.